martes, 10 de diciembre de 2019

ECOLOGÍA MUNICIPAL DE COMONDÚ SE REUNE CON PRODUCTORES DE ESPARRAGO



Ciudad Constitución, B. C. S.
Martes 10 de diciembre de 2019
dirección General de Medios
Socialmediabcs

Este lunes 9 de diciembre, en punto de las 11:00 horas, en las instalaciones del Auditorio de DIF Centro se llevó a cabo una importante reunión entre el Departamento de Ecología y representantes de empresas agrícolas, productoras y empacadoras de esparrago. Dicha reunión con temática referente a la publicación del Reglamento  y Medio Ambiente del Municipio de Comondú, así como el conocimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, tambien sobre la expedición y obtención de la Licencia Ambiental Municipal.

En ese sentido el Comisionado Operativo de Ecología del municipio de Comondú, Miguel Soto García y el Comisionado Administrativo para Asuntos Ecológicos, Lic. Ernesto Leyva, dieron a conocer los pormenores de lo que en en lo sucesivo será la operación de estas dependencias en cuanto a las quemas agrícolas controladas. 

Donde si bien se cuenta con avisos de quemas y manejos de los fuegos, estas también son observadas por la autoridad municipal, debido a que si las condiciones de viento son adversas se debe impedir dicha practica que podría ser en detrimento del ambiente y de la población de los centros urbanos contiguos. 

Para ello el Reglamento de Ecología y Medio Ambiente contempla el Capitúlo IV  de Prevención y Control de Contaminación Atmosférica                                                                                                 

Donde la Norma Oficial Establece:

NORMA Oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, Que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario. 


La presente Norma tiene por objeto establecer: Las especificaciones técnicas de los Métodos de Uso del Fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario, con el propósito de prevenir y disminuir los incendios forestales. 

Esta Norma es de observancia general y obligatoria en todo el territorio nacional para los propietarios y poseedores de los terrenos forestales y preferentemente forestales y colindantes, para quienes realicen el aprovechamiento de recursos forestales, la forestación o plantaciones forestales comerciales y reforestación, así como para los prestadores de servicios técnicos forestales responsables de los mismos, para los encargados de la administración de las áreas naturales protegidas y para los propietarios de terrenos de uso agropecuario que pretendan hacer uso del fuego. 


Finalmente se acordó reunión para el próximo 8 de enero de 2020 para afinar la dinámica de trabajo entre ambas partes para el mejoramiento de las condiciones medio ambientales y que estas prácticas se lleven a cabo bajo la regulación municipal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario