Ciudad Constitución, B. C. S.
Viernes 15 de noviembre de 2019
Dirección General de Medios
Socialmediabcs
Teniendo como objetivo regular la preservación, restauración, conservación del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente a través del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, en el ámbito de competencia del municipio de Comondú, Baja California Sur, es que se sostiene una importante reunión con autoridades de los tres niveles de gobierno y del Organismo Operador del Agua Potable.
Este día en punto de las 14:00 horas en las instalaciones del Organismo Operador del agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (OOSAPAS) se dio un importante encuentro donde concurren autoridades Federales, Estatales y Municipales competentes para aplicar regulaciones en materia ecológica.
Con miras a socializar y dar a conocer el Reglamento de Ecología y Medio Ambiente, así como hacer del conocimiento general a la población de las disposiciones, regulaciones y obligaciones de observancia y cumplimiento.
Asistieron a la reunión el Regidor Rosendo Osuna Chávez, Comisionado a SAPA; el Ing. Sullivan Higuera, Representante de la Comisión nacional Forestal (CONAFOR) el C. P.
Jesús Pérez Olvera, Director del Organismo Operador del Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento; Luis Alberto Collins Atondo, Coordinador de la Comisión Estatal para la Prevención de los Riesgos Sanitarios; Karla Gálvez del Área Comercial de SAPA; Ing. Benjamín Niebla; el Lic. Jesús Ernesto Leyva Leyva, Comisionado a Turismo y Ecología; Fco. Iván Bravo Espinoza, Coordinador del Departamento de Ecología Municipal; el Quim. Juan Carlos Castillo González, Director de la Unidad de Protección Civil; por la Patrulla
Ecológica los Inspectores Egan Hassan Espinoza Mora, Isrrael Briones, Marco Antonio Ramos
Jiménez.
En términos del artículo 115 Constitucional, al Municipio se le reconoce personalidad jurídica propia. En este sentido y al ser la base de la organización política y administrativa de los Estados, el Municipio constituye una persona jurídica de Derecho Público, así que debe regularse, entre otras cosas, su organización administrativa, estableciendo la forma en que las autoridades municipales deberán conducirse durante su encargo. Estas disposiciones deben ser emitidas por los Congresos Estatales de acuerdo a las modalidades que cada uno adopte sobre la materia. Dichas disposiciones se establecen en las Leyes Orgánicas Municipales o de la Administración Municipal que cada Legislatura deberá emitir en acuerdo con lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Constitución del Estado de que se trate.
Asimismo, la Facultad Reglamentaria establece que: la potestad reglamentaria es la facultad que la Constitución General de la República en su artículo 115, fracción II, otorga a los ayuntamientos para crear normas jurídicas necesarias que permitan organizar la administración pública municipal, regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, así como asegurar la participación ciudadana y vecinal.
El Marco Jurídico del Municipio es la serie de leyes, reglamentos, minutas y bandos que delimitan el ejercicio del gobierno y es la piedra angular que rige, orienta y da sentido a la gestión pública. La normatividad jurídica debe estar en observancia permanente y realizar las adiciones o reformas convenientes, para que sean efectivas en su aplicación, y satisfacción de la sociedad y el Estado de derecho.
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