Pero debe hacerse de forma correcta y apegada a derecho, de otra manera pueden viciarse de nulidad, explicó la Notaria.
Martes 7 de julio de 2020
La Notaria Pública No. 17 Lic. Pilar García, platicó acerca del tema ejidal, al respecto dijo que muchas de las tierras del municipio de Los Cabos tienen origen ejidal y se dividen en tres tipos; las tierras para asentamientos humanos, tierras para trabajo y tierras aparceladas; y se rigen por la Ley Agraria.
Las tierras ejidales pueden ser objeto de asociaciones con otras personas para obtener aprovechamiento de su uso y usufructo, es decir que un ejidatario puede hacer negocio con sus tierras, hay manera de que cualquier persona puede asociarse con los ejidatarios, pero debe hacerse de forma correcta y apegada a derecho, de otra manera pueden viciarse de nulidad, aclaró.
Pilar García hizo notar que los Fedatarios Públicos pueden asesorar correctamente para dar certeza en este tipo de operaciones de cesión de derechos o bien de compra-venta; pero es necesario, explicó, que se sigan los procedimientos necesarios para adoptar el dominio pleno, cancelar el registro agrario y se expida un título de propiedad que se inscribe en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
Un aspecto muy importante, continuó la Notaria, es que los ejidatarios tienen un gran beneficio que les otorga la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que es la exención de pagar el ISR al vender sus parcelas, señaló la Lic. Pilar García.

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